Cómo es el proceso
1. Preparación y obtención de documentación
Antes de comenzar, el heredero debe recopilar y verificar los documentos esenciales:
Certificado de defunción del causante (expedido por el Registro Civil).
Certificado de últimas voluntades, para saber si existe testamento (lo expide el Ministerio de Justicia).
Copia del testamento o acta de notoriedad, en su caso.
DNI/NIE de todos los herederos.
Escrituras o notas simples de bienes inmuebles, datos de cuentas bancarias o valores mobiliarios.
Información sobre deudas y cargas: hipotecas, préstamos, facturas pendientes, etc.
Esta fase suele durar de unos días a dos semanas, dependiendo de lo rápido que obtengas cada documento.
2. Asesoramiento profesional y toma de decisión
Una vez reunida la documentación:
Contacta un notario o gestor especializado, que te explique tus opciones (aceptación pura y simple o a beneficio de inventario).
Decide la forma de aceptación:
Pura y simple: asumes tanto bienes como deudas.
A beneficio de inventario: solo respondes de las deudas con los bienes hereditarios (protege tu patrimonio personal).
Firma de poderes si quieres que un abogado o gestor represente tus intereses.
El coste de este asesoramiento inicial incluye los honorarios profesionales y, en su caso, la tasa del notario para autorizar un poder.
3. Declaración de herederos
Si no hay testamento, o existe controversia sobre la filiación:
Se tramita un acta de declaración de herederos en notarías (para parientes directos) o en sede judicial (para parientes colaterales).
El notario o juez investiga y documenta quiénes son los herederos legales.
Al final de este procedimiento obtienes un acta legal que acredita tu condición de heredero.
Este trámite puede tardar de 2 a 6 semanas, según la carga de trabajo de las notarías o juzgados.
4. Liquidación de impuestos
Antes de adjudicar bienes, debes declarar y abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la comunidad autónoma correspondiente:
Presentación del modelo oficial (normalmente el 650) en la Agencia Tributaria autonómica.
Cálculo de la base imponible: valor de todos los bienes menos cargas y deudas reconocidas.
Aplicación de reducciones y bonificaciones según grado de parentesco y normativa local.
Pago dentro del plazo (generalmente seis meses desde el fallecimiento, con posible prórroga).
Solo tras el justificante de pago puedes inscribir y repartir algunos bienes (p. ej. inmuebles).
5. Adjudicación y partición de bienes
Con el impuesto liquidado y la condición de heredero acreditada:
Elaboración del cuaderno particional, donde se detalla cada bien, su valor y el reparto acordado entre herederos.
Firma del documento de partición ante notario, si hay bienes registrables (inmuebles, vehículos).
Pago de las posibles plusvalías municipales (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) en ayuntamientos.
Esta fase precisa la coordinación entre todos los herederos; puede prolongarse según la complejidad del patrimonio y el número de partes implicadas.
6. Inscripción registral y entrega efectiva
Presenta la escritura de partición y liquidación de impuestos en el Registro de la Propiedad para inmatricular o cambiar titularidades de inmuebles.
Cambia la titularidad de vehículos en la Jefatura de Tráfico, si procede.
Transferencia de saldos bancarios y valores mobiliarios: cada banco o entidad recibe la documentación notarial y fiscal para abrir cuentas a nombre de los herederos o transferir valores.
Dependiendo del organismo, estos cambios pueden tardar entre días y semanas.
7. Soporte post-trámite y obligaciones finales
Una vez que ya figuréis como nuevos titulares:
Revisa las primeras liquidaciones (agua, luz, IBI) para cambiar los contratos a vuestro nombre.
Gestiona la declaración de la renta si recibes rentas de la herencia (alquileres, intereses).
Solicita certificados de deuda cero de hipotecas o préstamos cancelados.
Conserva copia de toda la documentación: escrituras, justificantes de pago de impuestos y tasas, actas notariales.
Con esto concluye el proceso de tramitación y recepción de la herencia desde la perspectiva del heredero, cubriendo todos los pasos legales, fiscales y administrativos necesarios para que la transmisión patrimonial quede plenamente efectiva y segura.
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